La atención de Controversias responde a la Resolución General No 1074 emitida el 17 de abril de 2012.
Aspectos Generales
- El sistema de controversias es responsable de conocer y atender en forma personalizada a los consumidores de seguros y las reclamaciones relacionadas con los honorarios presentadas por los corredores de seguros.
- Las quejas presentadas por los clientes se deberán responder por escrito en un término no mayor a treinta días calendario, contados a partir de la fecha en que la queja haya sido recibida en la Aseguradora.
- Se deberá expedir constancia escrita al consumidor de la presentación de la queja.
- Las quejas recibidas y su solución se deberán mantener en la oficina principal por un término de cinco (5) años.
- La respuesta al consumidor se deberá enviar a la dirección física o correo electrónico suministrado por el cliente al momento de la queja.
- En la carta de respuesta se debe indicar al consumidor que cuenta con noventa días hábiles para expresar por escrito, ante la Superintendencia, su insatisfacción o disconformidad con la respuesta ofrecida por la Aseguradora.
- Semestralmente se deben presentar a la Superintendencia estadísticas sobre la atención de controversias.
- Al recibir la queja del cliente, el ejecutivo debe asegurar que se le suministren los siguientes datos: nombre del cliente, numero de identificación, numero de póliza, dirección física para entrega de respuesta o dirección electrónica (una de las dos), numero de teléfono fijo y numero de teléfono celular.
Ejecutivo de Controversia
Laura Diaz
Ejecutiva de Controversias
Laura.diaz@aseguradoraglobal.com.pa
Teléfono: 206-2021 Ext. 32650
Celular: 6780-0993